Ayuda de 200 euros para rentas bajas: qué fue, si sigue abierta y qué ayudas puedes pedir hoy
La ayuda de 200 euros para rentas bajas ya no se puede solicitar: la primera cerró el 30 de septiembre de 2022 y la segunda el 31 de marzo de 2023. En 2026 solo puedes consultar tu solicitud o contestar un requerimiento en la sede de la Agencia Tributaria.
⚠️ Alerta imprescindible
No existe una convocatoria abierta de la ayuda de 200 euros. Cualquier página que la presente como solicitable hoy está desactualizada. Antes de dar tus datos personales o bancarios a una web que la ofrezca, comprueba la información en la sede de la Agencia Tributaria.
Lo que sí puedes hacer hoy:
- Consultar si te concedieron la ayuda.
- Contestar un requerimiento o una propuesta de reintegro.
- Pedir otras ayudas que siguen vigentes.
Qué fue la ayuda de 200 euros
Fue un pago único de 200 euros que gestionó la Agencia Tributaria para personas físicas con bajos ingresos y poco patrimonio. Hubo dos ediciones: la primera se aprobó con el Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, y la segunda con el artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre.
La solicitud no exigía aportar documentación: la Seguridad Social y otros organismos remitían a la Agencia Tributaria los datos necesarios para comprobar los requisitos. El pago se hacía por transferencia a una cuenta del solicitante.
| Concepto | Primera ayuda | Segunda ayuda |
|---|---|---|
| Norma | Real Decreto-ley 11/2022 | Artículo 74 del Real Decreto-ley 20/2022 |
| Fin del plazo de solicitud | 30 de septiembre de 2022 | 31 de marzo de 2023 (se abrió el 15 de febrero) |
| Límite de ingresos | Rentas de 2021 inferiores a 14.000 euros íntegros | Ingresos íntegros de 2022 inferiores a 27.000 euros |
| Límite de patrimonio | No superar 43.196,40 euros, sin contar la vivienda habitual | Inferior a 75.000 euros a 31 de diciembre de 2022, sin contar la vivienda habitual |
| Importe | 200 euros, pago único | 200 euros, pago único |
¿Sigue abierta la ayuda de 200 euros en 2026?
No. La Agencia Tributaria confirma que el plazo de la segunda ayuda finalizó el 31 de marzo de 2023, y el de la primera el 30 de septiembre de 2022. En su sede, a fecha de esta revisión, la ficha de la segunda ayuda solo ofrece consultar solicitudes presentadas, contestar requerimientos y consultar datos fiscales. La de la primera solo ofrece gestiones de reintegro.
No hemos encontrado en la sede de la Agencia Tributaria ninguna convocatoria nueva de una ayuda de este tipo. Si se anunciase una, la información oficial aparecería allí.
💡 Consejo rápido
Si la tuya es una duda sobre una ayuda antigua, empieza por el apartado de la segunda ayuda de 200 euros en la sede de la Agencia Tributaria. Ahí encontrarás las gestiones que siguen disponibles.
Qué puedes hacer hoy, paso a paso
Paso 1: Confirma que no hay plazo abierto
Ni la primera ayuda ni la segunda admiten ya solicitudes. Si una página te pide datos para «cobrar los 200 euros», la información está desactualizada.
Paso 2: Consulta tu solicitud, si la presentaste
Entra en la sede de la Agencia Tributaria, abre la ficha de la segunda ayuda de 200 euros y usa «Consulta de solicitudes presentadas». Puedes identificarte con Cl@ve, con certificado o con DNI electrónico. Aquí explicamos cómo registrarte en Cl@ve.
Paso 3: Responde si te llegó una carta
Si recibiste una denegación, un requerimiento o una propuesta de reintegro, responde desde «Contestar requerimientos, efectuar alegaciones y/o aportar documentos», o acude a una oficina de la Agencia Tributaria. Si el requerimiento pedía acreditar el IBAN, tienes 10 días hábiles desde el día siguiente a la recepción de la carta.
Contra una denegación confirmada cabe un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa, ambos en el plazo de un mes.
Paso 4: Mira las ayudas que sí puedes pedir
Si tu situación económica es ajustada, hay ayudas vigentes en 2026. Las tienes en el apartado siguiente.
Ayudas vigentes en 2026 que puedes solicitar
- Ingreso Mínimo Vital: la renta garantizada individual es de 733,60 euros al mes en 2026, con un complemento de ayuda para la infancia de 115, 80,50 o 57,50 euros al mes por menor, según su edad. Se pide en imv.seg-social.es. Aquí tienes la guía completa del IMV.
- Asignación económica por hijo a cargo: 588,00 euros anuales, o 637,92 euros por hijo en los tramos de renta más bajos. Cómo solicitarla.
- Prestación por nacimiento o adopción de 1.000 euros: para familias numerosas, monoparentales y madres o padres con discapacidad, con un límite de ingresos de 15.356,00 euros anuales. Si es tu caso, mira también las ayudas para familias monoparentales.
Estos importes son los de 2026 según la Seguridad Social y el Real Decreto 241/2026. Cada ayuda tiene sus propios requisitos: comprueba los tuyos antes de solicitarla.
Tributación, reintegros y quiénes quedaban excluidos
❌ Motivos de exclusión de la segunda ayuda
- Cobrar el Ingreso Mínimo Vital, incluido el complemento de ayuda para la infancia, a 31 de diciembre de 2022.
- Cobrar a 31 de diciembre de 2022 una pensión del Régimen General, de un régimen especial o de Clases Pasivas.
- Ser administrador de derecho de una sociedad mercantil en activo.
- Superar el límite de ingresos o de patrimonio.
La ayuda tributa en el IRPF del ejercicio en que se cobra, como ganancia patrimonial. Además, la Agencia Tributaria puede exigir el reintegro de la ayuda cobrada si con posterioridad considera que no se cumplían los requisitos, con intereses de demora desde el abono.
En su día, los residentes fiscales en el País Vasco o en Navarra debían solicitarla a sus instituciones forales y no a la Agencia Tributaria estatal.
Teléfonos de la Agencia Tributaria
El teléfono de Información Tributaria Básica es el 91 554 87 70 o el 901 33 55 33, de lunes a viernes de 9 a 19 horas. Para la cita previa de atención personalizada por un requerimiento, la Agencia Tributaria facilita el 91 290 13 40 y el 901 200 351. Consulta con tu operador el coste de las llamadas.
Preguntas frecuentes
¿Sigue abierta la ayuda de 200 euros para rentas bajas?
No. La primera cerró el 30 de septiembre de 2022 y la segunda el 31 de marzo de 2023. La sede de la Agencia Tributaria ya solo ofrece consultar solicitudes, contestar requerimientos y gestionar reintegros.
¿Cómo consulto si me concedieron la ayuda de 200 euros?
En la sede de la Agencia Tributaria, en la ficha de la segunda ayuda, con «Consulta de solicitudes presentadas». Te identificas con Cl@ve, certificado o DNI electrónico.
¿Tributa la ayuda de 200 euros en la Renta?
Sí. Se integra como ganancia patrimonial en la base imponible general del IRPF del ejercicio en que se cobró.
¿Qué ayuda puedo pedir hoy si tengo pocos ingresos?
El Ingreso Mínimo Vital, con el complemento de ayuda para la infancia si hay menores. Se solicita en imv.seg-social.es y en 2026 la renta garantizada individual es de 733,60 euros al mes.
Fuentes oficiales consultadas el 24 de septiembre de 2026
- Agencia Tributaria: SEGUNDA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio
- Agencia Tributaria: PRIMERA ayuda de 200 euros para personas físicas de bajo nivel de ingresos y patrimonio
- Agencia Tributaria: preguntas frecuentes sobre la segunda ayuda de 200 euros
- Agencia Tributaria: preguntas frecuentes sobre la primera ayuda de 200 euros
- BOE: Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre (artículo 74)
- BOE: Real Decreto 241/2026, de 25 de marzo (prestaciones familiares 2026)
- Seguridad Social: Ingreso Mínimo Vital, cuantías 2026
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