Guía completa para solicitar el Ingreso Mínimo Vital (IMV): requisitos y cuantías 2026
En 2026, el Ingreso Mínimo Vital garantiza 733,60 euros al mes a una persona sola y hasta 1.775,31 euros a las unidades de convivencia más numerosas. Se solicita en imv.seg-social.es o en papel. Exige residir en España desde hace un año y tener ingresos y patrimonio bajos.
⚠️ Alerta imprescindible
El IMV no es una cantidad fija: se cobra la diferencia entre la renta garantizada de tu unidad de convivencia y tus ingresos. Si pasan seis meses sin respuesta, la solicitud se entiende denegada por silencio administrativo, aunque el INSS sigue obligado a resolver.
Lo que necesitas:
- DNI, o NIE si eres extranjero.
- Certificado de empadronamiento de tu domicilio.
- Libro de familia o certificado que acredite tu unidad de convivencia.
Qué es el Ingreso Mínimo Vital y quién puede pedirlo
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación económica que gestiona el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) y que regula la Ley 19/2021. Va dirigida a personas y hogares en situación de vulnerabilidad económica: quienes tienen ingresos y patrimonio por debajo de unos límites.
La solicitud sirve también para pedir el complemento de ayuda para la infancia. No hay que presentar dos solicitudes: con la misma se reconoce el IMV con el complemento, o solo el complemento.
💡 Consejo rápido
Antes de solicitar, usa el simulador de imv.seg-social.es. Permite comprobar si podrías tener derecho y qué importe te correspondería.
Requisitos del IMV en 2026
Estos son los requisitos principales. Cada uno tiene excepciones que la Seguridad Social detalla en su web:
- Residencia: residencia legal y efectiva en España de forma continuada durante al menos el último año. Hay excepciones, por ejemplo para menores incorporados a la unidad de convivencia, víctimas de trata y explotación sexual y mujeres víctimas de violencia de género.
- Unidad de convivencia: debe estar formada al menos desde hace seis meses. Desde el 10 de abril de 2026, con la Ley 1/2026, quienes siguen en la unidad tras la salida de otro miembro no tienen que volver a cumplir esos seis meses.
- Vulnerabilidad económica: el promedio mensual de tus ingresos del año anterior debe ser inferior, al menos en 10 euros, a la renta garantizada que te corresponda.
- Edad: el titular individual debe tener al menos 23 años y no formar parte de otra unidad de convivencia, salvo excepciones.
- Independencia del domicilio: si tienes entre 23 y 29 años, tienes que haber vivido de forma independiente los dos años anteriores, con al menos 12 meses de alta en la Seguridad Social. A partir de los 30 basta acreditar que tu domicilio fue distinto al de tus progenitores durante el año anterior.
- Patrimonio: una persona sola no puede tener un patrimonio neto, sin contar la vivienda habitual, igual o superior a 26.409,60 euros. Para unidades de convivencia el límite sube; con un adulto y un menor es de 36.973,44 euros. Además, quedan excluidos quienes tengan activos no societarios por encima del límite, que para un adulto solo es de 52.819,20 euros.
- Sociedades: no puedes ser administrador de derecho de una sociedad mercantil que siga en activo, ni tú ni ningún miembro de tu unidad de convivencia.
La unidad de convivencia la forman las personas que viven en el mismo domicilio y están unidas por matrimonio, pareja de hecho, vínculo familiar hasta el segundo grado, o por guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.
Cuánto se cobra: cuantías del IMV en 2026
La renta garantizada de 2026 parte del 100 % de la pensión no contributiva anual (8.803,20 euros) dividida entre doce, es decir, 733,60 euros al mes para una persona sola. Aumenta con cada miembro de la unidad de convivencia, hasta un máximo del 220 %, y suma un 22 % más si es monoparental.
| Unidad de convivencia | Renta garantizada al mes | Si es monoparental |
|---|---|---|
| Un adulto solo | 733,60 euros | No aplica |
| Un adulto y un menor, o dos adultos | 953,68 euros | 1.115,07 euros (un adulto y un menor) |
| Un adulto y dos menores, dos adultos y un menor, o tres adultos | 1.173,76 euros | 1.335,15 euros (un adulto y dos menores) |
| Un adulto y tres menores, dos adultos y dos menores, tres adultos y un menor, o cuatro adultos | 1.393,84 euros | 1.555,23 euros (un adulto y tres menores) |
| Un adulto y cuatro o más menores, dos adultos y tres o más, tres adultos y dos o más, o cuatro adultos y un menor | 1.613,92 euros (máximo) | 1.775,31 euros (un adulto y cuatro o más menores) |
Quien tenga un grado de discapacidad igual o superior al 65 % recibe además un incremento del 22 %.
Complemento de ayuda para la infancia
Se abona por cada menor, según su edad cumplida a 1 de enero: 115 euros al mes por los menores de 3 años, 80,50 euros de 3 a menos de 6 años, y 57,50 euros de 6 a menos de 18 años. Para tener derecho, en el ejercicio anterior tus ingresos computables tienen que ser inferiores al 300 % de la cuantía garantizada y el patrimonio neto inferior al 150 % de los límites de patrimonio.
Las cuantías se actualizan dos veces al año con datos tributarios del ejercicio anterior: una vez de forma provisional y otra de forma definitiva, con efectos desde el 1 de enero.
Cómo solicitar el IMV paso a paso
El canal telemático es el servicio del Portal de Prestaciones de la Seguridad Social. Permite simular el derecho y presentar la solicitud.
Abrir el servicio oficial del IMV
Paso 1: Simula tu derecho
Entra en imv.seg-social.es, pulsa «Simular y solicitar», indica la provincia en la que resides y responde al cuestionario previo. Sirve para comprobar si puedes tener derecho y qué importe te correspondería.
Paso 2: Prepara tus datos
Para acceder al formulario necesitas:
- Tus datos personales.
- Un correo electrónico válido.
- Una foto tuya y fotografías de tu DNI o NIE, para verificar tu identidad.
Paso 3: Rellena el formulario
Completa el formulario y adjunta la documentación que te pida. Con esta misma solicitud se estudia también el complemento de ayuda para la infancia.
Paso 4: Guarda el código de referencia
Recibirás por correo un código de referencia de 8 caracteres. Sirve para acceder al borrador y al apartado «Gestiona la solicitud presentada». Guárdalo.
Paso 5: Completa lo que falte
Si falta algún documento, súbelo en «Gestiona la solicitud presentada». El INSS te indicará qué falta y te dará un plazo para aportarlo.
💡 Si prefieres el papel
Puedes descargar e imprimir el formulario y presentarlo en un centro de atención e información de la Seguridad Social (CAISS) con cita previa, o enviarlo por correo ordinario a la Dirección Provincial más cercana. Aquí explicamos cómo pedir esa cita previa por internet.
Documentación que te pueden pedir
La Seguridad Social indica estos documentos para acreditar los requisitos:
- Identidad: DNI para españoles; para extranjeros, documento de identidad, tarjeta de identificación de extranjero o pasaporte con NIE.
- Residencia legal: inscripción en el registro central de extranjeros para ciudadanos de la UE, el EEE y Suiza, o tarjeta o autorización de residencia para otras nacionalidades.
- Domicilio: certificado de empadronamiento. Si los datos no coinciden con los de tu unidad de convivencia, se pide el certificado de empadronamiento histórico y colectivo. Aquí explicamos cómo pedirlo online.
- Unidad de convivencia: libro de familia o certificado del Registro Civil. Para una pareja de hecho, certificado de inscripción en el registro correspondiente o documento público con al menos dos años de antelación.
- Separación o divorcio en trámite: demanda presentada, resolución judicial o documento público.
- Convivientes sin parentesco: certificado de servicios sociales o de una entidad inscrita en el registro de mediadores sociales del IMV que acredite el riesgo de exclusión.
Plazos, pago y obligaciones después de solicitarlo
- Admisión: antes de admitir la solicitud se comprueba tu vulnerabilidad económica. La resolución de inadmisión se dicta en 30 días y admite reclamación administrativa previa.
- Resolución: el plazo máximo es de seis meses desde la presentación.
- Inicio del derecho: nace el primer día del mes siguiente al de la presentación de la solicitud. El pago es mensual, por transferencia a una cuenta de la que seas titular.
- Cambios en tu situación: tienes que comunicar en 30 días naturales cualquier circunstancia que afecte a los requisitos u obligaciones.
- Vulnerabilidad sobrevenida: si tu situación empeora durante el año en curso, puedes solicitarlo entre el 1 de abril y el 31 de diciembre, valorando solo los ingresos proporcionales del año.
- IRPF: todos los beneficiarios, incluidos quienes solo cobran el complemento de infancia, están obligados a presentar cada año la declaración de la renta.
Teléfonos oficiales
| Teléfono | Para qué sirve | Horario |
|---|---|---|
| 020 (gratuito) | Dudas sobre el IMV. No gestiona citas previas | De lunes a viernes no festivos, de 9 a 14:30 horas |
| 915 42 11 76 y 901 16 65 65 | Información de pensiones y otras prestaciones del INSS | De lunes a viernes no festivos, de 9 a 20 horas sin interrupción |
| 91 541 25 30 y 901 10 65 70 | Cita previa automática en los CAISS | De 00:00 a 24:00 horas, de lunes a domingo |
Motivos de rechazo y confusiones frecuentes
❌ Motivos de rechazo y problemas frecuentes
- Tener un patrimonio neto o unos activos no societarios por encima de los límites de tu unidad de convivencia.
- Ser administrador de derecho de una sociedad mercantil que sigue en activo.
- Que tus ingresos del año anterior no sean inferiores, al menos en 10 euros al mes, a la renta garantizada.
- Que la unidad de convivencia que declaras no coincida con el padrón: te pedirán el certificado de empadronamiento histórico y colectivo.
- Cobrar la asignación económica por hijo a cargo sin discapacidad: es incompatible con el IMV y con el complemento de infancia, así que hay que optar por una de las dos.
Si tienes hijos a cargo, mira también las ayudas por hijo a cargo y las ayudas para familias monoparentales.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto se cobra de Ingreso Mínimo Vital en 2026?
Como máximo, la renta garantizada: 733,60 euros al mes para una persona sola, 953,68 euros para dos miembros y hasta 1.613,92 euros en las unidades más numerosas. En unidades monoparentales suma un 22 % y llega a 1.775,31 euros. Se cobra la diferencia entre esa renta y tus ingresos.
¿Hay que pedir aparte el complemento de ayuda para la infancia?
No. La misma solicitud del IMV sirve para pedir el IMV con el complemento o solo el complemento.
¿Cuánto tarda en resolverse la solicitud?
El plazo máximo es de seis meses desde la presentación. Si pasa ese plazo sin resolución expresa, se entiende denegada por silencio administrativo.
¿Puedo pedir el IMV sin certificado digital?
El servicio imv.seg-social.es verifica tu identidad con una foto tuya y fotografías de tu DNI o NIE. También puedes presentar la solicitud en papel en un CAISS con cita previa o por correo ordinario.
Fuentes oficiales consultadas el 24 de septiembre de 2026
- Seguridad Social: servicio del Ingreso Mínimo Vital (simular y solicitar)
- Seguridad Social: IMV, requisitos, cuantías 2026 y acreditación
- Portal de Prestaciones: Ingreso mínimo vital
- Seguridad Social: solicitud del IMV en papel
- Seguridad Social: servicio de atención telefónica
- BOE: Ley 19/2021, por la que se establece el ingreso mínimo vital
- BOE: Real Decreto 241/2026, de revalorización de pensiones
Lee también
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